Sistema RED: Todo lo que un autónomo debe saber para realizar sus trámites de manera electrónica

El Sistema Red con el que trabajarán los autónomos

¿Qué sabes del Sistema RED?

A partir del 1 de octubre, si eres autónomo, deberás realizar todas tus gestiones de manera electrónica. Una forma muy apropiada de hacerlo es a través del Sistema RED. Con la tramitación digital evitarás las largas esperas y tener que ir físicamente a la sede de la Seguridad Social que te corresponda. Además, podrás olvidarte del clásico “qué hice yo con aquel papel” y de otras circunstancias tan comunes y algunas veces tediosas… Y es que podrás acabar con todas ellas de una manera rápida, desde tu ordenador, y con un clic gracias al certificado digital.

De la misma manera que las nuevas tecnologías van cambiando la forma de gestionar los diferentes trámites que tienes que hacer en tu vida laboral o en las relaciones con la Administración, la Tesorería General de la Seguridad Social gracias a sus Sistema RED facilita también los trámites electrónicos para aumentar su eficiencia, de tal manera que no tengas que perder una mañana en dejar listo todo tu papeleo como autónomo.

En virtud de la Orden Ministerial ESS/214/2018, de 1 de marzo, que regula el Sistema RED (Sistema de Remisión de Datos) de la Seguridad Social, si eres autónomo te tienes que incorporar al nuevo sistema telemático. Esto quiere decir que podrás gestionar todos los trámites con tu certificado digital en la Sede Electrónica (SEDESS).

Todo serán ventajas una vez te des de alta en la plataforma y realices tus trámites de forma digital con tu certificado electrónico. ¿Todavía no tienes uno? Puedes solicitarlo desde este enlace https://www.cert.fnmt.es/certificados) y si tienes dudas de cómo adaptarte al nuevo sistema, no te preocupes, sigue leyendo y te explicamos todos los detallelt;

¿Cuándo hay que darse de alta en el Sistema RED?

Como hemos mencionado anteriormente, la Orden Ministerial se aprobó el pasado 1 de marzo. Desde el 1 de abril dispondrás de seis meses de plazo para adaptarte al nuevo sistema. A partir del 1 de octubre, tendrás la obligación como autónomo de realizar tus trámites de manera telemáti<s

¿Quién está obligado a darse de alta?

Tendrás que hacer tus trámites de manera electrónica si eres autónomo y estás dentro de los siguientes grupos:

  • Todos los trabajadores incorporados en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores Autónomos (RETA).
  • Los trabajadores del Sistema Especial de Trabajadores Agrarios (SETA).
  • Los trabajadores del grupo I del Régimen Especial de Trabajadores del Mar.

Por el contrario, quedan exentos de inscripción:

    • Profesionales taurinos
    • Profesionales incorporados al Sistema de Empleados del Hogar.
    • Autónomos del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar, grupos segundo y tercero.

¿En qué te afecta como autónomo?

La nueva Orden Ministerial te obliga como trabajador autónomo a realizar tus gestiones relacionadas con la afiliación, cotización y recaudación de cuotas de manera telemática. Además, recibirás las notificaciones y comunicaciones de la Tesorería General de la Seguridad Social de la misma manera, por lo que te podrás deshacer de todas esas carpetas y cartas y tenerlo todo organizado en documentos diles.

¿Qué necesitas para acceder de manera telemática?

Para que puedas acceder a todos los servicios del Sistema RED es necesario que obtengas un certificado digital. , que también te permitirá presentar solicitudes mediante el registro electrónico.

No obstante, puedes encontrar otros dos medios para acceder a tus trámites como autónomo. El  DNI electrónico y el Sistema Cl@v aunque este último tee permitirá firmar documentos de forma telemática.

¿Qué trámites puedes realizar como autónomo con tu certificado digital?

La Tesorería General de la Seguridad Social te ofrece numerosos servicios que puedes realizar de una manera electrónica a través de su sistema SEDESS, en especial orientados a trabajadores autónomos. Entre ellos, encontrarás:

  • Altas y bajas en el Régimen de Trabajadores Autónomos
  • Modificación de datos
  • Cambio de base de cotización
  • Datos de cobertura de las contingencias para la incapacidad temporal
  • Accidentes de trabajo
  • Enfermedad profesional
  • Cese de actividad
  • Mutua

Igualmente, puedes pedir informes de diverso tipo:

  • Duplicado de la resolución de alta y baja en el Régimen Especial de Trabajadores por cuenta propia o Autónomos
  • Consulta de bases y cuotas ingresadas
  • Informe de estar al corriente de las obligaciones de la Seguridad Social

Además de gestiones e informes que te pueden ser útiles si eres autónomo:

  • Obtener el informe de la vida laboral
  • Cambiar el domicilio
  • Obtener el informe de las bases de cotización
  • Domiciliación del pago de cuotas a la Seguridad Social
  • Comunicar teléfono y correo electrónico
  • Devolución de ingresos de regímenes y sistemas especiales
  • Aplazamiento en el pago de deudas a la Seguridad Social
  • Consulta de deudas y obtención de documentos de ingreso
  • Pago con tarjeta de deudas con la Seguridad Social

Por tanto, el próximo 1 de octubre se hará efectiva esta nueva manera de realizar los trámites como autónomos, mucho más rápida, más sencilla y más práctica en cuanto a espacio y documentos se refiere. No obstante, desde el 1 de abril, si eres autónomo y estás poco familiarizado con las gestiones por ordenador, dispones de seis meses para poder despedirte poco a poco del papel, acceder con tu certificado digital e ir adaptándote al cambio.

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