Los profesionales y voluntarios que trabajen habitualmente con menores deben acreditar que no tienen antecedentes penales por delitos sexuales, según establecen la Ley 26/2015, que modifica el sistema de protección al menor, y la 45/2015 de Voluntariado.
Este certificado es obligatorio desde que ambas normativas entraron en vigor, lo que ocurre es aún no se ha puesto en funcionamiento el Registro Central de Delincuentes Sexuales, previsto para marzo, por lo que la ausencia de antecedentes se acreditará mediante el certificado de penados, que se puede obtener mediante los certificados digitales CERES-FNMT en la sede electrónica del Ministerio de Justicia.
Los ciudadanos que necesiten el citado certificado para firmar un contrato de trabajo con una empresa que trabaja con menores pueden solicitarlo por internet, indicando en la «finalidad» de la solicitud “contrato nuevo para trabajo con menores”.
Para ello, se debe tener al día el certificado digital de persona física (¿Tienes que renovarlo? Pulsa aquí o si no lo tienes y quieres solicitarlo, en este enlace)
Si ya tienes tu certificado digital, accede a la sede electrónica del Ministerio y completa el formulario. En el proceso, se tiene que realizar el pago telemático de la tasa 006 asociada a la solicitud. Éste se realizará con tarjeta de crédito (ver las admitidas) o con cargo en cuenta (ver entidades asociadas) a través de la pasarela de pagos de la Agencia Tributaria.
En este sentido, hay que tener en cuenta que el titular de la cuenta bancaria sobre la que se pretende realizar el cargo de la tasa, debe ser el mismo que el titular del certificado digital con el que se firmarán los datos de la solicitud (el solicitante).
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