Como te explicábamos en este post, este miércoles arranca la campaña de la Renta 2015. Entre las novedades de este año, cabe destacar el nuevo sistema Renta Web – alojado en la sede electrónica de la Agencia Tributaria – , una herramienta que te permitirá realizar la declaración por internet de forma más sencilla que con el tradicional Programa PADRE, evitando desplazamientos a las oficinas de Hacienda. Además, es accesible desde cualquier dispositivo (ordenador, tableta o teléfono móvil).
La inmensa mayoría de los contribuyentes – excepto las rentas procedentes de actividades económicas – puede descargar el borrador, revisarlo, corregirlo y confirmarlo a través de la Renta WEB.
Pero, ¿cómo hacerlo? Te lo explicamos a continuación:
1. Obtener borrador
En primer lugar, tienes que identificarte. Ten a punto tu certificado digital CERES FNMT – si todavía no lo tienes puedes obtenerlo pinchando aquí o renovarlo desde este enlace-.
Después, selecciona ‘Servicio tramitación borrador/declaración (Renta Web)’. Cuando lo tengas, debes revisarlo para comprobar si la información es correcta y está completamente actualizada. Desde la Agencia Tributaria recomiendan prestar especial atención a estos apartados.
2. Modificar borrador
¿Y si faltan datos en mi borrador? Si consideras que éste no refleja tu situación tributaria o debes corregir o añadir algún dato, puedes hacerlo a través de varias vías que te especifican aquí . Sin embargo, una vez más, con certificado digital puedes ahorrar tiempo y gestiones innecesarias.
Si optas por esta opción, debes dirigirte al servicio de tramitación/declaración del Portal de Renta 2015 e identificarte con tu certificado digital. Gracias a Renta WEB, el proceso es mucho más sencillo ya que puedes modificar tú mismo los datos. De todas formas, si tienes dudas al respecto puedes consultar estos vídeos explicativos sobre la modificación de datos.
Una vez modificado el borrador, puedes confirmarlo, imprimirlo o presentarlo en una entidad financiera.
Recuerda que una de las ventajas de realizar la declaración de la renta por vía electrónica es que no tienes que esperar hasta el 10 de mayo para confirmar el borrador (tanto si sale a devolver como a ingresar), ya que puedes hacerlo desde el mismo momento que arranca la campaña (este miércoles 6 de abril) y hasta el 30 de junio, ambos inclusive.
Sin duda, atrás quedan las largas colas que se formaban a los pies de los edificios de Hacienda cuando llegaban estas fechas.
Ahora, gracias a métodos de identificación online como el certificado digital de la FNMT, puedes realizar este tipo de trámites desde tu casa u oficina sin tener que desplazarte.
Si necesitas más información al respecto, puedes consultar las preguntas frecuentes sobre Renta WEB que encontrarás en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria.
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